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	<title>Riojamacral</title>
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		<title>Hacienda aumenta el control sobre los pagos por Bizum</title>
		<link>https://www.riojamacral.es/hacienda-aumenta-el-control-sobre-los-pagos-por-bizum/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[riojamacral]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 23 Dec 2025 13:53:34 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[General]]></category>
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					<description><![CDATA[<img width="300" height="168" src="https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2025/12/post-hacienda-aumenta-el-control-sobre-los-pagos-por-bizum.webp" class="webfeedsFeaturedVisual wp-post-image" alt="" style="display: block; margin: auto; margin-bottom: 5px;max-width: 100%;" link_thumbnail="" decoding="async" />A partir del 1 de Enero las entidades bancarias tendrán que remitir información de forma mensual a la Agencia Tributaria independientemente del volumen de la operación. Desde 2026, todas las transacciones asociadas a una actividad económica se reportarán de forma sistemática, con carácter mensual, independientemente de su importe. Hasta ahora la cifra de referencia eran [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<img width="300" height="168" src="https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2025/12/post-hacienda-aumenta-el-control-sobre-los-pagos-por-bizum.webp" class="webfeedsFeaturedVisual wp-post-image" alt="" style="display: block; margin: auto; margin-bottom: 5px;max-width: 100%;" link_thumbnail="" decoding="async" />
<p>A partir del <strong>1 de Enero</strong> las entidades bancarias tendrán que remitir información de forma mensual a la Agencia Tributaria independientemente del volumen de la operación.</p>



<p>Desde 2026, <strong>todas las transacciones asociadas a una actividad económica se reportarán</strong> de forma sistemática, con carácter mensual, independientemente de su importe. Hasta ahora la cifra de referencia eran 3.000 euros.</p>



<p>El Real Decreto 253/2025 obliga a bancos y plataformas (la norma también afecta a firmas extranjeras, tanto comunitarias como de países terceros, que operen en España) a informar al detalle de los movimientos asociados a números de móvil y tarjetas, estando obligadas a presentar <strong>mensualmente </strong>una declaración informativa sobre: </p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Cuentas en entidades de pago y dinero electrónico:</strong> Ya no solo se vigilan las cuentas corrientes tradicionales, sino también las cuentas virtuales (tipo PayPal, Revolut o monederos digitales).</li>



<li><strong>Pagos asociados a números de móvil:</strong> Se explicita por primera vez la obligación de informar sobre cobros gestionados a través de un número de teléfono (Bizum).</li>
</ul>



<p>La información que suministrarán mensualmente los bancos será la identificación completa de los empresarios o profesionales adheridos al sistema de gestión de cobros a través de Bizum o sistemas equivalentes, número de comercio con el que operan, terminales de venta, importe mensual facturado e identificación de las cuentas bancarias o de pago a través de las que se efectúen los cobros.</p>



<p>Una novedad importante es que la Agencia Tributaria dispone de <strong>algoritmos capaces de identificar conductas</strong>, pudiendo identificar patrones, analizando no solo importes sino también otros factores como conceptos, recurrencia de ingresos, emisores habituales, estacionalidad de ingresos, en definitiva, relación entre ingresos y gastos y coherencia fiscal.</p>



<p>Además otra de las grandes novedades introducidas es la vigilancia automática sobre el uso intensivo de tarjetas (crédito, débito, prepago), debiendo informar anualmente a Hacienda sobre todas las tarjetas cuyos movimientos superen los <strong>25.000 euros al año</strong>, ya sea en:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Gasto total:</strong> Suma de pagos en comercios y retiradas de efectivo.</li>



<li><strong>Abonos totales:</strong> Dinero recibido en la tarjeta (devoluciones, cargas, etc.).</li>
</ul>



<p><strong>Recomendacion</strong>: No usar la cuenta corriente ni el numero de teléfono personal para cobros profesionales. Se recomienda, para los autónomos, desdoblarlos teniendo uno empresarial y otro particular.</p>



<p></p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Hacienda estrecha el cerco fiscal sobre los préstamos entre familiares</title>
		<link>https://www.riojamacral.es/hacienda-estrecha-el-cerco-fiscal-sobre-los-prestamos-entre-familiares/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[riojamacral]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 19 Dec 2025 08:34:35 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[General]]></category>
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					<description><![CDATA[<img width="300" height="194" src="https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2025/12/post-hacienda-estrecha-el-cerco-fiscal-sobre-los-prestamos-entre-familiares-300x194.jpg" class="webfeedsFeaturedVisual wp-post-image" alt="" style="display: block; margin: auto; margin-bottom: 5px;max-width: 100%;" link_thumbnail="" decoding="async" srcset="https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2025/12/post-hacienda-estrecha-el-cerco-fiscal-sobre-los-prestamos-entre-familiares-300x194.jpg 300w, https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2025/12/post-hacienda-estrecha-el-cerco-fiscal-sobre-los-prestamos-entre-familiares-1024x662.jpg 1024w, https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2025/12/post-hacienda-estrecha-el-cerco-fiscal-sobre-los-prestamos-entre-familiares-768x497.jpg 768w, https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2025/12/post-hacienda-estrecha-el-cerco-fiscal-sobre-los-prestamos-entre-familiares.jpg 1200w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" />El Tribunal Supremo pone coto al uso de préstamos privados El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia clave que redefine las reglas del juego en la fiscalidad familiar y estrecha el cerco sobre los préstamos entre parientes, incluso de padres a hijos. La Sala de lo Contencioso-Administrativo establece que un contrato de préstamo entre particulares no es prueba suficiente para [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<img width="300" height="194" src="https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2025/12/post-hacienda-estrecha-el-cerco-fiscal-sobre-los-prestamos-entre-familiares-300x194.jpg" class="webfeedsFeaturedVisual wp-post-image" alt="" style="display: block; margin: auto; margin-bottom: 5px;max-width: 100%;" link_thumbnail="" decoding="async" srcset="https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2025/12/post-hacienda-estrecha-el-cerco-fiscal-sobre-los-prestamos-entre-familiares-300x194.jpg 300w, https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2025/12/post-hacienda-estrecha-el-cerco-fiscal-sobre-los-prestamos-entre-familiares-1024x662.jpg 1024w, https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2025/12/post-hacienda-estrecha-el-cerco-fiscal-sobre-los-prestamos-entre-familiares-768x497.jpg 768w, https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2025/12/post-hacienda-estrecha-el-cerco-fiscal-sobre-los-prestamos-entre-familiares.jpg 1200w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" />
<p><strong>El Tribunal Supremo pone coto al uso de préstamos privados</strong></p>



<p>El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia clave que redefine las reglas del juego en la fiscalidad familiar y estrecha el cerco sobre los <strong>préstamos entre parientes, incluso de padres a hijos</strong>. La Sala de lo Contencioso-Administrativo establece que un contrato de préstamo entre particulares no es prueba suficiente para justificar ante <strong>Hacienda </strong>el origen de unos fondos si no va acompañado de una acreditación fehaciente del flujo del dinero.</p>



<p>La Agencia Tributaria cuenta ahora con el aval del Supremo para rechazar las explicaciones de los contribuyentes que intenten amparar ingresos en efectivo o cheques bajo el paraguas de un préstamo familiar, si no pueden demostrar la <strong>«trazabilidad» </strong>de la operación. Es decir, la conexión directa entre la cuenta de quien presta y la de quien recibe. Esta decisión supone un <strong>endurecimiento de facto en las inspecciones tributarias</strong>.</p>



<p>La principal consecuencia será que Hacienda, en caso de que el contribuyente no pueda justificar el origen de los fondos, no calificará ese dinero como una <strong>donación </strong>-que tributaría por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, muy bonificado en muchas Comunidades Autónomas-, sino que aplicará el artículo 39 de la Ley del IRPF, considerando el dinero como una <strong>«ganancia patrimonial no justificada»</strong>.</p>



<p>El importe descubierto se sumará a la base liquidable general del IRPF del contribuyente, no a la del ahorro. Al sumarse a los rendimientos del trabajo (salarios), el tipo impositivo aplicable se dispara, pudiendo alcanzar el tipo marginal máximo, que en algunas regiones supera el 50%. Además el contribuyente deberá asumir una <strong>sanción </strong>tributaria que oscilará entre el 50% y el 150% de la cuota, a la que habrá que añadir los correspondientes <strong>intereses de demora</strong>.</p>



<p><strong>El fallo elimina la estrategia de la justificación a posteriori</strong>, presentando un contrato de préstamo privado para dar cobertura legal a una serie de ingresos en efectivo de origen difuso.</p>



<p>En resumen, es necesaria la identificación plena del originen del dinero, siendo el contrato de préstamo condición necesaria pero no suficiente, debiendo probar la trazabilidad exacta del movimiento de dinero.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>¿Debo declarar las ventas de Wallapop?</title>
		<link>https://www.riojamacral.es/debo-declarar-las-ventas-de-wallapop/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[riojamacral]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 27 Nov 2025 16:56:34 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[General]]></category>
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					<description><![CDATA[<img width="300" height="200" src="https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2025/11/post-debo-declarar-las-ventas-de-wallapop-300x200.png" class="webfeedsFeaturedVisual wp-post-image" alt="" style="display: block; margin: auto; margin-bottom: 5px;max-width: 100%;" link_thumbnail="" decoding="async" srcset="https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2025/11/post-debo-declarar-las-ventas-de-wallapop-300x200.png 300w, https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2025/11/post-debo-declarar-las-ventas-de-wallapop.png 750w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" />¿Debo declarar las ventas de Wallapop o de otras plataformas de segunda mano? Esta es una pregunta que ha generado dudas fiscales entre los usuarios. Las ventas de segunda mano entre particulares, como las realizadas en Wallapop, Vinted o Milanuncios, son cada vez más habituales y están sujetas a una normativa específica. Según la legislación española, las [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<img width="300" height="200" src="https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2025/11/post-debo-declarar-las-ventas-de-wallapop-300x200.png" class="webfeedsFeaturedVisual wp-post-image" alt="" style="display: block; margin: auto; margin-bottom: 5px;max-width: 100%;" link_thumbnail="" decoding="async" srcset="https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2025/11/post-debo-declarar-las-ventas-de-wallapop-300x200.png 300w, https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2025/11/post-debo-declarar-las-ventas-de-wallapop.png 750w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" />
<p>¿Debo <strong>declarar las ventas de Wallapop o de otras plataformas de segunda mano</strong>? Esta es una pregunta que ha generado dudas fiscales entre los usuarios.</p>



<p>Las ventas de segunda mano entre particulares, como las realizadas en Wallapop, Vinted o Milanuncios, son cada vez más habituales y están sujetas a una normativa específica. Según la legislación española, <strong>las ventas ocasionales entre particulares no están sujetas al IVA</strong>, ya que no se consideran una actividad empresarial o profesional. Sin embargo, esto no exime a los vendedores de cumplir con otras obligaciones fiscales.</p>



<p>Aunque las ventas ocasionales entre particulares no están sujetas al IVA,&nbsp;<strong>sí pueden estar sujetas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)</strong>.</p>



<p>Según la Agencia Tributaria,&nbsp;<strong>si la venta genera una ganancia patrimonial</strong>, esta debe ser declarada en el IRPF. La ganancia patrimonial se calcula como la diferencia entre el valor de adquisición y el valor de transmisión del bien vendido.</p>



<p>Otro impuesto que puede aplicarse a las ventas de segunda mano es el <strong>Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP)</strong>. Este impuesto grava las transmisiones onerosas de bienes entre particulares y, en principio, debería ser abonado por el comprador.</p>



<p>Si un usuario vende de forma ocasional objetos personales que ya no necesita, estas ventas no se consideran una actividad económica y, por tanto, no están sujetas al IVA. No obstante, si la venta genera una ganancia patrimonial, esta debe ser declarada en el IRPF.</p>



<p>Sin embargo, si las ventas se realizan de manera habitual, sistemática y <strong>con el fin de obtener un beneficio económico</strong>, esta actividad puede considerarse empresarial. En este caso, el vendedor debe darse de alta en el <strong>Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores</strong>, declarar las ventas y, en su caso, ingresar el IVA correspondiente. Además, las ganancias obtenidas por esta actividad deben ser declaradas en el IRPF como rendimientos de actividades económicas.</p>



<p>Por tanto, es necesario controlar la r<strong>egularidad de las ventas</strong>, el <strong>volumen de ingresos</strong> y la<strong> ganancia patrimonial</strong> obtenida con las mismas.</p>



<p>Desde el 1 de enero de 2024, la Directiva UE 2021/514 obliga a las plataformas de compraventa de segunda mano a compartir cierta información sobre sus vendedores con Hacienda. Esta normativa se aplica a aquellos vendedores que hayan realizado<strong> más de 30 operaciones en un año o hayan obtenido más de 2.000 euros de beneficios en ventas durante este periodo</strong>.</p>



<p></p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Nuevo registro horario. Digital?</title>
		<link>https://www.riojamacral.es/nuevo-registro-horario-digital/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[riojamacral]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 24 Oct 2025 16:27:12 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[General]]></category>
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					<description><![CDATA[<img width="300" height="218" src="https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2025/10/post-nuevo-registro-horario-digital-300x218.gif" class="webfeedsFeaturedVisual wp-post-image" alt="" style="display: block; margin: auto; margin-bottom: 5px;max-width: 100%;" link_thumbnail="" decoding="async" />El Ministerio de Trabajo concreta los requisitos de los nuevos sistemas de control de la jornada laboral. Se calcula que entrará en vigor a principios del año 2026. El Ministerio de Trabajo avanza en los últimos pasos para la aprobación del reglamento que desarrollará las nuevas obligaciones de los sistemas de control de jornada, como [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<img width="300" height="218" src="https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2025/10/post-nuevo-registro-horario-digital-300x218.gif" class="webfeedsFeaturedVisual wp-post-image" alt="" style="display: block; margin: auto; margin-bottom: 5px;max-width: 100%;" link_thumbnail="" decoding="async" />
<p><strong>El Ministerio de Trabajo concreta los requisitos de los nuevos sistemas de control de la jornada laboral.</strong> <strong>Se calcula que entrará en vigor a principios del año 2026.</strong></p>



<p>El Ministerio de Trabajo avanza en los últimos pasos para la aprobación del reglamento que desarrollará las nuevas obligaciones de los sistemas de control de jornada, como paso previo a su aprobación como Real Decreto en el Consejo de Ministros. Entrará en vigor a los 20 días de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).</p>



<p>Este nuevo registro horario comportará las siguientes nuevas obligaciones para las empresas:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Registro Digital:</strong> Las empresas, todas, deberán garantizar el registro diario de la jornada de trabajo realizada por cada persona trabajadora en su lugar de trabajo «por medios digitales». Para que este sistema sea válido se establecen tres características: que sea objetivo, fiable y accesible.</li>
</ul>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Protección de datos</strong>: La empresa debe asegurarse de que el registro de jornada garantice adecuadamente el derecho a la intimidad y a la protección de datos, garantizando que el registro no se ubique en zonas de acceso público ni encontrarse accesible a personas distintas de las que deban realizar cada asiento.</li>
</ul>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Desglose de horas</strong>. Será obligación del empleado la labor de incluir la información sobre los tiempos de trabajo en el sistema facilitado por la empresa. Debe especificarse el horario concreto de inicio y finalización de cada jornada de trabajo, indicando la hora y el minuto en el que se producen. Y también el horario concreto de inicio y finalización de cada pausa, dentro de la jornada, que no tenga la consideración de tiempo de trabajo efectivo, también con la concreción de la hora y el minuto en el que se producen.</li>
</ul>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Horas extra</strong>. En caso de realización de horas extraordinarias, la empresa deberá especificar si se compensarán por descanso o si se retribuirán, así como si resultan horas trabajadas para prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes.</li>
</ul>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Acceso a los datos</strong>. El sistema de registro permitirá que los trabajadores puedan consultar y obtener copia de sus asientos y modificaciones, en cualquier momento y de forma inmediata. Y sin perjuicio de lo anterior, la empresa entregará, junto con el recibo de salarios, copia del resumen correspondiente al periodo fijado para el abono de las retribuciones.  El sistema de registro deberá permitir el acceso de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en cualquier momento y de forma inmediata, de manera remota y presencial en los centros de trabajo.</li>
</ul>



<p>Es prudente iniciar los trámites correspondientes para implementar un software de registro horario digital que cumpla las nuevas funciones que exigirá la nueva normativa, que con casi toda seguridad entrará en vigor a principios del próximo año.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Hacienda controla a estos contribuyentes para luchar contra la economía sumergida</title>
		<link>https://www.riojamacral.es/hacienda-controla-a-estos-contribuyentes-para-luchar-contra-la-economia-sumergida/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[riojamacral]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 10 Oct 2025 16:22:04 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[General]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://www.riojamacral.es/?p=1282</guid>

					<description><![CDATA[<img width="275" height="183" src="https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2025/10/post-hacienda-controla-a-estos-contribuyentes-para-luchar-contra-la-economia-sumergida.jpg" class="webfeedsFeaturedVisual wp-post-image" alt="" style="display: block; margin: auto; margin-bottom: 5px;max-width: 100%;" link_thumbnail="" decoding="async" />Especial vigilancia al uso intensivo de efectivo Como parte de su labor habitual la Agencia Tributaria controla tanto a particulares como a empresas, de diferentes sectores, para detectar posibles fraudes aunque pone especialmente su foco en determinados grupos de contribuyentes. Durante el ejercicio 2024 logró recaudar casi 19.000 millones de euros&#160;gracias a los expedientes abiertos [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<img width="275" height="183" src="https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2025/10/post-hacienda-controla-a-estos-contribuyentes-para-luchar-contra-la-economia-sumergida.jpg" class="webfeedsFeaturedVisual wp-post-image" alt="" style="display: block; margin: auto; margin-bottom: 5px;max-width: 100%;" link_thumbnail="" decoding="async" />
<p><strong>Especial vigilancia al uso intensivo de efectivo</strong></p>



<p>Como parte de su labor habitual la Agencia Tributaria controla tanto a particulares como a empresas, de diferentes sectores, para detectar posibles fraudes aunque pone especialmente su foco en determinados grupos de contribuyentes.</p>



<p>Durante el ejercicio 2024 logró recaudar casi 19.000 millones de euros&nbsp;gracias a los expedientes abiertos a empresas, autónomos, pequeños negocios y personas con altos patrimonios. De ellos,&nbsp;cerca de 1.600 millones se deben a la acción de las denominadas &#8216;cartas del miedo&#8217; que el organismo envía a los contribuyentes.</p>



<p>De cara a 2025 el Plan de Control Tributario y Aduanero detalla las principales líneas de actuación del organismo y, en la línea de ejercicios anteriores, una de ellas es la de las actuaciones «<strong>en aquellos sectores y modelos de negocio en los que se aprecie alto riesgo de existencia de economía sumergida</strong>«.</p>



<p>Hacienda advierte que su labor de inspección se dirigirá especialmente hacia varios grupos de contribuyentes:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Los que no admitan pagos con medios bancarios o usen de forma intensiva <strong>efectivo</strong>, especialmente en el caso de uso de efectivo por encima de los límites marcados por la ley.</li>



<li>Los que usen fundamentalmente medios de pago radicados en el <strong>extranjero </strong>que eviten las obligaciones de comunicación a la Agencia Tributaria.</li>



<li>Los que ostenten signos externos de <strong>riqueza</strong>, patrimonio o rentabilidad que sean incoherentes respecto de sus rentas declaradas.</li>



<li>Los que declaren una evolución anómala del importe de sus <strong>existencias </strong>respecto a la actividad declarada, dado que eso puede suponer la existencia de ventas ocultas.</li>



<li>Los que tengan <strong>rentabilidades </strong>que sean incompatibles con la naturaleza de su actividad o los datos que ha puesto a disposición de Hacienda. También los que declaren <strong>pérdidas </strong>de forma continua y de forma incompatible con la lógica de cualquier proyecto económico.</li>



<li>Los que puedan usar herramientas informáticas susceptibles de ser usadas para ocultar ventas como, por ejemplo, el <strong>software de doble uso</strong>.</li>
</ul>



<p></p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Plan Estratégico de Inspección de Trabajo para el periodo 2025-2027</title>
		<link>https://www.riojamacral.es/plan-estrategico-de-inspeccion-de-trabajo-para-el-periodo-2025-2027/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[riojamacral]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 10 Oct 2025 09:04:47 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[General]]></category>
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					<description><![CDATA[<img width="300" height="200" src="https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2025/09/post-plan-estrategico-de-inspeccion-de-trabajo-para-el-periodo-2025-2027-300x200.jpg" class="webfeedsFeaturedVisual wp-post-image" alt="" style="display: block; margin: auto; margin-bottom: 5px;max-width: 100%;" link_thumbnail="" decoding="async" srcset="https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2025/09/post-plan-estrategico-de-inspeccion-de-trabajo-para-el-periodo-2025-2027-300x200.jpg 300w, https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2025/09/post-plan-estrategico-de-inspeccion-de-trabajo-para-el-periodo-2025-2027-768x513.jpg 768w, https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2025/09/post-plan-estrategico-de-inspeccion-de-trabajo-para-el-periodo-2025-2027.jpg 800w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" />El Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 2025-2027, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 12 de septiembre, marca las líneas de actuación de Inspección en los próximos años. El plan supone un importante refuerzo de personal, medios y tecnología que incrementará el nivel de control y presión sobre las empresas en [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<img width="300" height="200" src="https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2025/09/post-plan-estrategico-de-inspeccion-de-trabajo-para-el-periodo-2025-2027-300x200.jpg" class="webfeedsFeaturedVisual wp-post-image" alt="" style="display: block; margin: auto; margin-bottom: 5px;max-width: 100%;" link_thumbnail="" decoding="async" srcset="https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2025/09/post-plan-estrategico-de-inspeccion-de-trabajo-para-el-periodo-2025-2027-300x200.jpg 300w, https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2025/09/post-plan-estrategico-de-inspeccion-de-trabajo-para-el-periodo-2025-2027-768x513.jpg 768w, https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2025/09/post-plan-estrategico-de-inspeccion-de-trabajo-para-el-periodo-2025-2027.jpg 800w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" />
<p>El <strong>Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 2025-2027</strong>, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 12 de septiembre, marca las líneas de actuación de Inspección en los próximos años.</p>



<p>El plan supone un importante <strong>refuerzo de personal, medios y tecnología que incrementará el nivel de control y presión</strong> sobre las empresas en los próximos tres años. Se prevé la contratación de 554 nuevos inspectores y subinspectores y la inversión de 28,5 millones de euros en modernización tecnológica, con la irrupción de la inteligencia artificial (IA) en la lucha contra el fraude. Se potenciará el cruce masivo de datos con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social multiplicando la capacidad de rastreo de posibles incumplimientos.</p>



<p> Existen multitud de campañas activas en las que Inspección de Trabajo pretende controlar y sancionar incumplimientos empresariales. Las empresas deberán prestar especial atención a los siguientes ámbitos:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Fraude laboral y empleo irregular:</strong> Detección y regularización de empleo no declarado, con especial énfasis en plataformas digitales, falsos autónomos, cooperativas de trabajo asociado, fraude en la contratación a tiempo parcial y relaciones laborales de carácter fijo discontinuo.</li>
</ul>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong><strong>Cotización y prestaciones de Seguridad Social</strong>. </strong>Se refuerza la lucha contra el fraude en la cotización y en las prestaciones de la Seguridad Social, con campañas específicas para verificar el correcto encuadramiento de trabajadores, la adecuada cotización de autónomos y la detección de empresas ficticias o altas indebidas.</li>
</ul>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Prevención de riesgos laborales</strong>. Control más exhaustivo de la gestión preventiva, lo que previene a las empresas acerca de la necesidad de realizar una revisión y actualización de sus políticas y procedimientos en materia de prevención. </li>
</ul>



<p>La realización de<strong> horas extraordinarias y el uso fraudulento del contrato a tiempo parcial</strong> vuelven a situarse entre las prioridades de la Inspección. El <strong>registro de jornada,</strong> obligatorio para todas las empresas, se ha convertido en un medio de prueba fundamental creando un marco de seguridad jurídica para la empresa ante la Inspección de Trabajo. </p>



<p>El Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo 2025-2027 identifica a varios sectores donde el riesgo de fraude laboral es más elevado. Entre ellos destacan el <strong>transporte, la construcción y la logística</strong>, actividades en las que es habitual recurrir a cadenas de subcontratación o a figuras de dudosa legalidad, como las empresas buzón o las falsas cooperativas. Por tanto, autónomos y pymes que operan en estas actividades estarán más expuestas a ser objeto de inspección.</p>



<p>En definitiva, el Plan ITSS 2025-2027 plantea elevar el estándar de control y cumplimiento en el ámbito laboral y de Seguridad Social. Las empresas que se anticipen, que refuercen sus sistemas de <em>compliance</em> y que apuesten por la digitalización y la transparencia, estarán mejor posicionadas para afrontar los retos y aprovechar las oportunidades de este nuevo escenario. </p>



<p></p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Tributación de las criptomonedas en 2023</title>
		<link>https://www.riojamacral.es/tributacion-de-las-criptomonedas-en-2023/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[riojamacral]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 04 Jan 2023 17:18:29 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[General]]></category>
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					<description><![CDATA[<img width="268" height="300" src="https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2023/01/post-tributacion-de-las-criptomonedas-en-2023-268x300.webp" class="webfeedsFeaturedVisual wp-post-image" alt="" style="display: block; margin: auto; margin-bottom: 5px;max-width: 100%;" link_thumbnail="" decoding="async" srcset="https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2023/01/post-tributacion-de-las-criptomonedas-en-2023-268x300.webp 268w, https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2023/01/post-tributacion-de-las-criptomonedas-en-2023.webp 404w" sizes="(max-width: 268px) 100vw, 268px" />Los contribuyentes evitan, durante 2023, tener que revelar al Fisco todo su saldo y operativa con monedas virtuales pero las ganancias se gravan a tipos crecientes y las grandes fortunas deben desglosar su tenencia en Patrimonio y tributar por el nuevo impuesto. El retraso en Hacienda a la hora de poner en marcha su nuevo [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<img width="268" height="300" src="https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2023/01/post-tributacion-de-las-criptomonedas-en-2023-268x300.webp" class="webfeedsFeaturedVisual wp-post-image" alt="" style="display: block; margin: auto; margin-bottom: 5px;max-width: 100%;" link_thumbnail="" decoding="async" srcset="https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2023/01/post-tributacion-de-las-criptomonedas-en-2023-268x300.webp 268w, https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2023/01/post-tributacion-de-las-criptomonedas-en-2023.webp 404w" sizes="(max-width: 268px) 100vw, 268px" />
<p>Los contribuyentes evitan, durante 2023, tener que revelar al Fisco todo su saldo y operativa con monedas virtuales pero las ganancias se gravan a tipos crecientes y las grandes fortunas deben desglosar su tenencia en Patrimonio y tributar por el nuevo impuesto.</p>



<p>El retraso en Hacienda a la hora de poner en marcha su nuevo marco integral para las <strong>criptomonedas</strong> antes del final de 2022 ha obligado a la Agencia Tributaria a <strong>esperar un año para comenzar a exigir a los contribuyentes declaraciones detalladas sobre sus operaciones con monedas virtuales</strong> y el saldo que acumulan tanto en España como en el extranjero. Sin embargo, el esquema tributario desplegado por Hacienda hasta la fecha permanece intacto, lo que supone que, a partir de determinados umbrales, las grandes fortunas seguirán teniendo que dar cuenta al Fisco de los criptoactivos que acumulan mientras que cualquier inversor debe declarar en el <strong>IRPF</strong> las ganancias y pérdidas patrimoniales obtenidas con monedas virtuales, asumiendo un gravamen creciente si el resultado es positivo.</p>



<p>En realidad, el principal cambio frente al plan inicialmente previsto por el Gobierno es que ni los contribuyentes ni las empresas intermediarias en el mercado de criptomonedas tendrán que presentar durante este mes de enero los nuevos y pormenorizados formularios fiscales ideados para Hacienda. Se trata de los&nbsp;<strong>modelos 172 (sobre saldos), 173 (operaciones) y 721 (monedas virtuales en el extranjero)</strong>, que se anunció que serían exigibles desde el 1 de enero de 2023 incluyendo la información referente al ejercicio recién culminado. La falta de desarrollo reglamentario demora un año completo la iniciativa, por lo que los modelos que acaben siendo aprobados serán exigibles desde el 1 de enero de 2024 con respecto a los saldos y operaciones de 2023.</p>



<p>A partir de ahí, sin embargo, conviene recordar que desde la última Campaña de la Renta, correspondiente al ejercicio 2021, la Agencia Tributaria introdujo la obligación de declarar específicamente las ganancias y pérdidas patrimoniales obtenidas por el contribuyente por sus operaciones con criptomonedas. Para ello, la declaración de la Renta pasó a incluir una nueva casilla específica, la 1626, que en la última ocasión rellenaron algo más de 50.200 contribuyentes, cerca del 0,2% del total. De ellos, unos 35.200 declararon ganancias por valor de 759 millones de euros, mientras que otros 15.000 registraron pérdidas por unos 77 millones.</p>



<p>Los contribuyentes seguirán obligados a ofrecer estos datos al Fisco en la Campaña de la Renta que comenzará en abril, correspondiente al ejercicio 2022, detallando sus pérdidas o ganancias calculadas como diferencia entre el valor de transmisión del activo frente al de adquisición, tomando siempre la primera moneda virtual vendida frente a la primera adquirida.</p>



<p>Las ganancias obtenidas tributan en la&nbsp;<strong>base imponible del ahorro</strong>, donde quedan gravadas al 19% sobre los primeros 6.000 euros; el 21% desde ahí hasta los 50.000 euros; al 23% hasta los 200.000% y al 26% a partir de esa cifra. Una presión fiscal que crecerá para las operaciones de 2023 después de que el Gobierno haya aprobado un aumento de este último tipo al 27% y haya creado un nuevo marginal, del 28% desde los 300.000 euros.&nbsp;<strong>Las pérdidas, por su parte, pueden ser utilizadas para reducir el pago de impuestos compensando otras ganancias, hasta en un 25% anual durante los cuatro años siguientes.</strong></p>



<p>La obligación de informar sobre la operativa con criptomonedas se ciñe por tanto a aquellos que las transmitieron, obteniendo una ganancia o una pérdida con la operación. El contribuyente medio, sin embargo, no tiene que informar del saldo de monedas virtuales con el que cuenta, y ni siquiera deben registrarse aquellas que se poseen fuera de las fronteras españolas dentro del <strong>Modelo 720</strong> de declaración de bienes en el extranjero. Sin embargo, la Agencia Tributaria sí que exige desglosar sus saldos en criptomonedas a aquellos contribuyentes cuyo umbral de fortuna les obligue a presentar la declaración del Impuesto de Patrimonio. Conviene recordar que, aunque con carácter general se trata de un impuesto que deja exentos 700.000 euros, sin contar 300.000 de la residencia habitual, en comunidades como Madrid -que no lo cobra- no es necesario presentar la declaración si la fortuna no supera los dos millones de euros. Una vez declarado el saldo, la riqueza en criptoactivos pasa a tributar al tipo aplicado por cada comunidad autónoma para el conjunto del patrimonio del contribuyente. El año pasado, la campaña se saldó con 1.275 declarantes propietarios de monedas virtuales por un saldo de 911,9 millones a cierre de 2021.</p>



<p>A la espera de que se aprueben las nuevas declaraciones fiscales, eso sí, Hacienda viene presionando a los contribuyentes a declarar su operativa con criptomonedas emitiendo crecientes alertas de que conoce su actividad, que han pasado de 14.800 a 233.000 avisos en solo un año.</p>
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		<title>Fiscalidad de Cestas y regalos de Navidad</title>
		<link>https://www.riojamacral.es/fiscalidad-de-cestas-y-regalos-de-navidad/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[riojamacral]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 02 Jan 2023 13:12:45 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[General]]></category>
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					<description><![CDATA[<img width="300" height="212" src="https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2023/01/post-fiscalidad-de-cestas-y-regalos-de-navidad-300x212.webp" class="webfeedsFeaturedVisual wp-post-image" alt="" style="display: block; margin: auto; margin-bottom: 5px;max-width: 100%;" link_thumbnail="" decoding="async" srcset="https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2023/01/post-fiscalidad-de-cestas-y-regalos-de-navidad-300x212.webp 300w, https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2023/01/post-fiscalidad-de-cestas-y-regalos-de-navidad.webp 750w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" />¿Son gasto deducible? ¿Puede deducirse el IVA de la factura? La recuperación de las tradicionales cenas de Navidad de empresa así como de las cestas y regalos a empleados o clientes nos invita a retomar la repercusión que tienen fiscalmente estos gastos para la empresa. 1.- Cenas o comidas de Navidad IVA.- En relación a [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<img width="300" height="212" src="https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2023/01/post-fiscalidad-de-cestas-y-regalos-de-navidad-300x212.webp" class="webfeedsFeaturedVisual wp-post-image" alt="" style="display: block; margin: auto; margin-bottom: 5px;max-width: 100%;" link_thumbnail="" decoding="async" srcset="https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2023/01/post-fiscalidad-de-cestas-y-regalos-de-navidad-300x212.webp 300w, https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2023/01/post-fiscalidad-de-cestas-y-regalos-de-navidad.webp 750w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" />
<p>¿Son gasto deducible? ¿Puede deducirse el IVA de la factura?</p>



<p>La recuperación de las tradicionales <strong>cenas de Navidad</strong> de empresa así como de las <strong>cestas y regalos</strong> a empleados o clientes nos invita a retomar la repercusión que tienen fiscalmente estos gastos para la empresa.</p>



<p><strong>1.- Cenas o comidas de Navidad</strong></p>



<p><strong>IVA.-</strong> En relación a la factura de la cena o comida realizada por Navidad para los empleados de la empresa, el articulo 96 de la Ley de IVA establece que no podrán ser objeto de deducción las cuotas soportadas, entre otros, de los alimentos, las bebidas y el tabaco así como de los bienes o servicios destinados a clientes, asalariados o terceras personas. Por tanto, <strong>el IVA de las facturas de las cenas o comidas de empresa no será deducible. </strong></p>



<p><strong>Impuesto sobre Sociedades.-</strong> En primer lugar recordemos que para que un gasto sea deducible en el IS (caso de una sociedad mercantil) o en el IRPF (caso de una persona física) debe cumplir los requisitos de <strong>justificación documental</strong> (debemos disponer de la correspondiente factura), <strong>contabilización </strong>(debe estar registrado en la contabilidad de la empresa), <strong>imputación </strong>(normalmente en el ejercicio en que se devengó) y <strong>correlación con los ingresos</strong> (gasto necesario para la obtención de ingresos).</p>



<p>El articulo 15 e) de la Ley sobre el Impuesto de Sociedades establece que no serán gastos fiscalmente deducibles los donativos y liberalidades, sin embargo, no tendrán esta consideración los gastos por atenciones a clientes o proveedores ni los que con arreglo a los usos y costumbres se efectúen con respecto al personal de la empresa ni los realizados para promocionar, directa o indirectamente, la venta de bienes o prestación de servicios ni los que se hallen correlacionados con los ingresos.</p>



<p><strong>2.- Cestas y regalos de Navidad</strong></p>



<p><strong>IVA.-</strong> Igual que sucedía con las comidas y cenas de Navidad el IVA de las cestas y regalos de Navidad tampoco será deducible salvo para aquellas muestras y objetos publicitarios de escaso valor, es decir, que contengan de forma visible el nombre del empresario o profesional que comercializa dichos bienes siempre que el valor de los bienes entregados a un mismo destinatario durante el año natural no exceda de 200 euros.</p>



<p><strong>Impuesto sobre Sociedades.-</strong> Tal y como hemos indicado anteriormente serán deducibles estos gastos siempre y cuando la empresa justifique su adecuación a los usos y costumbres de la misma recayendo la carga de la prueba sobre quien hace valer su derecho.</p>



<p><strong>Conclusiones.- </strong>Si en tu empresa es costumbre celebrar una comida o cena de Navidad u obsequiar a su personal o a clientes con una cesta de Navidad que adquiere para ello, <strong>dichos gastos serán deducibles</strong> siempre que cuente con los justificantes necesarios y cumpla los requisitos de registro, devengo y correlación de ingresos y gastos. Por el contrario <strong>las cuotas soportadas de IVA por dichos gastos no serán fiscalmente deducibles</strong>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
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		<title>Hacienda obligada a cambiar la normativa para la recuperación del IVA de las facturas impagadas</title>
		<link>https://www.riojamacral.es/hacienda-obligada-a-cambiar-la-normativa-para-la-recuperacion-del-iva-de-las-facturas-impagadas/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[riojamacral]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 03 Nov 2022 10:40:50 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[General]]></category>
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					<description><![CDATA[<img width="300" height="200" src="https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2022/11/post-hacienda-obligada-a-cambiar-la-normativa-para-la-recuperacion-del-iva-de-las-facturas-impagadas-300x200.jpg" class="webfeedsFeaturedVisual wp-post-image" alt="" style="display: block; margin: auto; margin-bottom: 5px;max-width: 100%;" link_thumbnail="" decoding="async" srcset="https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2022/11/post-hacienda-obligada-a-cambiar-la-normativa-para-la-recuperacion-del-iva-de-las-facturas-impagadas-300x200.jpg 300w, https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2022/11/post-hacienda-obligada-a-cambiar-la-normativa-para-la-recuperacion-del-iva-de-las-facturas-impagadas-768x512.jpg 768w, https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2022/11/post-hacienda-obligada-a-cambiar-la-normativa-para-la-recuperacion-del-iva-de-las-facturas-impagadas.jpg 800w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" />La Comisión Europea obliga a España a cambiar la norma para que las empresas puedan recuperar el impuesto impagado por particulares. Bruselas ha obligado a España a garantizar que los empresarios puedan recuperar el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) de las facturas sin cobrar, por muy pequeñas que sean. Hasta ahora, la ley negaba [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<img width="300" height="200" src="https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2022/11/post-hacienda-obligada-a-cambiar-la-normativa-para-la-recuperacion-del-iva-de-las-facturas-impagadas-300x200.jpg" class="webfeedsFeaturedVisual wp-post-image" alt="" style="display: block; margin: auto; margin-bottom: 5px;max-width: 100%;" link_thumbnail="" decoding="async" srcset="https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2022/11/post-hacienda-obligada-a-cambiar-la-normativa-para-la-recuperacion-del-iva-de-las-facturas-impagadas-300x200.jpg 300w, https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2022/11/post-hacienda-obligada-a-cambiar-la-normativa-para-la-recuperacion-del-iva-de-las-facturas-impagadas-768x512.jpg 768w, https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2022/11/post-hacienda-obligada-a-cambiar-la-normativa-para-la-recuperacion-del-iva-de-las-facturas-impagadas.jpg 800w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" />
<p>La Comisión Europea obliga a España a cambiar la norma para que las empresas puedan recuperar el impuesto impagado por particulares.</p>



<p><strong>Bruselas ha obligado a España</strong> a garantizar que los empresarios puedan recuperar el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) de las facturas sin cobrar, por muy pequeñas que sean. Hasta ahora, la ley negaba la devolución en las facturas por debajo de 300 euros. La Comisión Europea entiende que la normativa española, en este punto, es contraria al Derecho Comunitario produciendo un enriquecimiento injusto a favor de la Administración. Hacienda se ha comprometido a modificar esta limitación antes del 1 de enero de 2023 <strong>simplificando</strong>, además, <strong>el procedimiento exigido para recuperar las cuotas de IVA impagadas </strong>con carácter general.</p>



<p>Precisamente, en relación a esta materia, hay que recordar que recientemente el Tribunal Supremo se ha pronunciado confirmando que el requerimiento notarial (enviado por correo certificado) al cliente para justificar el impago de facturas es perfectamente valido.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
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		<item>
		<title>Cinco materias primas que podrían desinflarse hasta un 50%</title>
		<link>https://www.riojamacral.es/cinco-materias-primas-que-podrian-desinflarse-hasta-un-50/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[riojamacral]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 19 Oct 2022 08:30:15 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[General]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://www.riojamacral.es/?p=1221</guid>

					<description><![CDATA[<img width="300" height="180" src="https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2022/10/post-cinco-materias-primas-que-podrian-desinflarse-hasta-un-50-300x180.jpg" class="webfeedsFeaturedVisual wp-post-image" alt="" style="display: block; margin: auto; margin-bottom: 5px;max-width: 100%;" link_thumbnail="" decoding="async" srcset="https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2022/10/post-cinco-materias-primas-que-podrian-desinflarse-hasta-un-50-300x180.jpg 300w, https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2022/10/post-cinco-materias-primas-que-podrian-desinflarse-hasta-un-50.jpg 362w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" />Las alertas de recesión han frenado el rally de las materias primas. Las previsiones de los analistas a más de un año vista, para finales de 2023, contemplan caídas adicionales del 11% al 49% en las cotizaciones de cinco commodities. Pero también barajan subidas del 14% al 63% en otras cuatro materias primas. Pocos factores [&#8230;]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<img width="300" height="180" src="https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2022/10/post-cinco-materias-primas-que-podrian-desinflarse-hasta-un-50-300x180.jpg" class="webfeedsFeaturedVisual wp-post-image" alt="" style="display: block; margin: auto; margin-bottom: 5px;max-width: 100%;" link_thumbnail="" decoding="async" srcset="https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2022/10/post-cinco-materias-primas-que-podrian-desinflarse-hasta-un-50-300x180.jpg 300w, https://www.riojamacral.es/wp-content/uploads/2022/10/post-cinco-materias-primas-que-podrian-desinflarse-hasta-un-50.jpg 362w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" />
<p>Las alertas de recesión han frenado el rally de las materias primas. Las previsiones de los analistas a más de un año vista, para finales de 2023, contemplan caídas adicionales del 11% al 49% en las cotizaciones de cinco commodities. Pero también barajan subidas del 14% al 63% en otras cuatro materias primas.</p>



<p>Pocos factores han sido más determinantes este año tanto en los mercados como en la economía como el&nbsp;<strong>rally de las materias primas</strong>. La escalada en los precios de la&nbsp;<strong>energía</strong>&nbsp;y de los&nbsp;<strong>metales</strong>&nbsp;multiplicó las tensiones inflacionistas, y la respuesta de los bancos centrales ha sido desencadenar unas subidas históricas en los tipos de interés que elevan los temores de recesión.</p>



<p>Durante los últimos meses se han sucedido los paralelismos de los analistas con los años 70, en tiempos de la llamada crisis del&nbsp;<strong>petróleo</strong>. Los mercados, sin embargo, reciben con alivio el correctivo que ha registrado ya el precio del crudo. El barril de Brent ha&nbsp;<strong>perdido un tercio de su valor desde los máximos</strong>&nbsp;de 139 dólares que alcanzó el pasado mes de marzo, en plena conmoción aún por el inicio de la guerra en Ucrania.</p>



<p>La previsión de un descenso de la demanda ante el deterioro previsto en el crecimiento económico ha pasado factura a un mercado cíclico como el del petróleo. Pero&nbsp;<strong>no todas las materias primas tienen un componente tan cíclico</strong>, tan ligado al ciclo económico. De ahí que las previsiones a más de un año visto deparen en algunas ocasiones un rumbo opuesto para las commodities.</p>



<p>Los analistas de Bank of America son los últimos en actualizar sus previsiones sobre el conjunto de las materias primeras. Para un un horizonte de más de un año,&nbsp;<strong>al cierre de 2023</strong>, sus estimaciones sobre 16 de las principales commodities auguran oscilaciones inferiores al 10% en siete materias primas (cobre, plomo, molibdeno, rodio, oro, plata y petróleo), caídas superiores a los dobles dígitos en cinco, y subidas superiores al 10% en cuatro.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Posibles caídas</h2>



<p>Las perspectivas de Bank of America identifican el mayor riesgo de desplome en los&nbsp;<strong>precios del gas en Estados Unidos</strong>. De acuerdo con sus pronósticos, el precio del gas natural Henry Hub, de referencia en el mercado estadounidense, podría desplomarse un 49% desde su cotización actual hasta finales de 2023.</p>



<p>Las subidas más verticales este año se han concentrado en el precio del gas en Europa, debido a la escasez de suministro provocada por las sanciones a Rusia. Pero las presiones alcistas se han trasladado igualmente al mercado estadounidense. Una mayor asimilación del &#8216;shock&#8217; inicial desatado por la falta de gas en Europa debería corregir notablemente la cotización del gas en EEUU, en una tendencia a la baja que, según Bank of America, podría continuar a más largo plazo, y deparar pérdidas adicionales del 35% en 2024.</p>



<p>La crisis energética no solo disparó el precio del petróleo y del gas. La guerra en Ucrania y las sanciones a Rusia aceleró las subidas en el precio del carbón térmico. Pasado el &#8216;shock&#8217; inicial y a un año vista, su cotización podría sufrir la segunda mayor caída prevista por Bank of America entre las commodities. Si se cumplen sus estimaciones, el precio del&nbsp;<strong>carbón térmico</strong>&nbsp;se desinflaría un 24% desde sus niveles actuales hasta el cierre de 2023.</p>



<p>El banco estadounidense prevé una mejora en los problemas de suministro que han agitado el mercado del carbón este año, y descuenta en su cotización las menores presiones que ejercerá el próximo ejercicio el precio del gas con sus caídas.</p>



<p>Los riesgos bajistas afloran también en los precios de un metal precioso como el&nbsp;<strong>paladio</strong>. Los pronósticos de Bank of America cifran en un 19% las caídas que podría registrar hasta el cierre de 2023. Sus analistas apuntan que el mercado del paladio «tiende lentamente hacia un superávit», y añaden como presión bajista adicional que la posibilidad de envíos desde Rusia «no ha desaparecido por completo».</p>



<p>En el caso del&nbsp;<strong>níquel</strong>, los mayores riesgos bajistas desde el punto de vista del suministro proceden de Indonesia. Bank of America destaca el incremento de producción del país asiático, y teme que la demanda de níquel de los fabricantes de vehículos eléctricos lleve a Indonesia a acelerar su suministro. El déficit de oferta previsto para este año podría dar paso, según el banco estadounidense, a un superávit en 2023, un vuelco que podría ser clave en las caídas del 16% que prevé en su precio hasta finales de 2023.</p>



<p>La lista de materias primas que podrían desinflarse más de un 10% a un año vista se completa con el&nbsp;<strong>zinc</strong>. Los analistas de Bank of America contemplan bajadas del 11% en su precio. A pesar de que «los inventarios siguen siendo bajos», la firma puntualiza que existen «inventarios no declarados en el mercado de zinc», por lo que la oferta real sería mayor, y no descarta un incremento de producción en China si la demanda es firme.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Posibles subidas</h2>



<p>A pesar del sesgo claramente bajista de sus previsiones anteriores, los analistas de Bank of America se encargan de subrayar que el mercado de materias primas puede contemplar aún subidas más que notables a medio y largo plazo, incluso en un horizonte marcado por la sombra de una posible recesión.</p>



<p>A la hora de identificar materias primas con un claro potencial de revalorización, el banco estadounidense pone especial énfasis en el&nbsp;<strong>platino</strong>. En sus estimaciones augura una escalada de precios del 63% desde el nivel actual hasta el proyectado para finales de 2023.</p>



<p>Los analistas de Bank of America explican que los problemas de suministro de chips a escala global han limitado el alza de precios en el platino, utilizado en componentes electrónicos, además de en la industria del automóvil, en la joyería y en dispositivos médicos. En opinión de la firma, la transición hacia nuevas energías como el hidrógeno ayudará además a reforzar las expectativas alcistas sobre el platino.</p>



<p>La revalorización prevista supera igualmente la barrera del 50% en el caso del&nbsp;<strong>aluminio</strong>. Las proyecciones barajan subidas del 51% en su precio hasta finales de 2023, un rally que vendría determinado en gran medida por el vuelco del mercado, al pasar del superávit de oferta en 2022 al déficit esperado para 2023.</p>



<p>A favor de la posible escalada de precios está, por un lado, que la industria china está alcanzando el límite de capacidad establecido por las autoridades de Pekín, Y por otro lado, que fuera de China la industria está sometida a gran presión por los elevados precios de la energía, por lo que Bank of Amercado no descarta nuevos recortes de suministro.</p>



<p>La crisis energética podría incidir al alza en la cotización del aluminio, y podría tener consecuencias más directas aún en el precio del&nbsp;<strong>uranio</strong>. La guerra en Ucrania, la escasez de gas y petróleo y la subida de los precios energéticos ha reducido sensiblemente las presiones contra la energía nuclear. Distintos gobiernos han aparcado ya sus planes de cierre de plantas, y varios países contemplan incluso una renovada apuesta por la industria nuclear. Con este viento a favor, los analistas de Bank of America barajan una revalorización del 36% en el precio del uranio en los 14 próximos meses, hasta finales de 2023.</p>



<p>El <strong>cobalto</strong> completa la lista de las materias primas que, según Bank of America, podrían encarecerse más de un 10% a más de un año vista. En concreto, el precio previsto para finales de 2023 implicaría una subida del 14% respecto a su nivel actual.</p>



<p class="has-text-align-right" style="font-size:11px">Fuente: Expansión 19.05.2022</p>
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